North Carolina N.C. Labor Laws Poster (Spanish)
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The N.C. Labor Laws Poster (Spanish) is a labor law posters poster by the North Carolina Department Of Labor. This is a mandatory posting for all employers in North Carolina, and businesses who fail to comply may be subject to fines or sanctions.
This poster, written in Spanish, must be posted in a conspicuous place where all Spanish speaking employees will see it. This poster describes what the minimum wage is as well as how overtime must be paid as well as exemptions to minimum wage and overtime. This poster also describes the requirements and restrictions minors have for employment with regards to hours possible that they can work and where they can and cannot work. Also described is when regular wage payments should be and where to file complaints if any violation of this law occurs. This law also discusses health and safety laws and what employers must do to follow the standards of the state and how the state deals with penalties to employers who do not follow health and safety standards.
NC All-In-One Labor Poster: Instead of printing out dozens of posters, employers can also purchase an all-in-one poster that covers both North Carolina and Federal poster requirements by clicking here .
Acta de Pagos y HorariosSalario Mínimo: $7.25 (con efecto 7/24/09).Los empleadores en Carolina del Norte están obligados a pagar el más alto de los salarios mínimos establecidos por las leyes estatales o federales. El salario mínimo federal se incremento a $7.25 por hora con fecha efecto de 24 de julio de 2009; por lo tanto, los empleadores en Carolina del Norte están obligados a pagar a sus empleados por lo menos $7.25 por hora. El empleador puede pagar el mínimo de $2.13 por hora a emplea dos que reciben propinas, siempre y cuando cada empleado reciba suficientes propinas para cubrir la diferencia entre el pago recibido y el pago mínimo. Se debe permitir que los empleados se queden con todas las propinas, excepto cuando sea permitido crear un fondo común y que las propinas de cada empleado no sean reducidas en más de un 15%. El empleador deberá mantener la cuenta de todas las\ propinas de una manera precisa y completa, tal y como lo certifique cada empleado de forma mensual o para cada período de pago. Sin estos registros, no se le permitirá al empleador tener derecho al crédito por las propinas. Ciertos estudiantes de tiempo completo pueden recibir 90% del pago mínimo, redondeado al múltiplo inferior de cinco centavos.Tiempo ExtraTiempo y medio debe ser pagado por tiempo de trabajo que exce- da 40 horas en una semana laboral, con excepción de trabajo que exceda 45 horas en una semana laboral en estable cimientos de recreo y diversión de temporada. La estipulación estatal de tiempo\ extra no es válida para algunos empleadores y empleados que están exentos.Empleo de Jóvenes Menores de EdadLas reglas para todos los jóvenes menores de 18 años de edad son:Se requieren Certificados de Empleo a Menores (Youth Employment Certificates, YEC). Para obtener un certificado visite nuestro sitio de Internet: www.nclabor.com. Ocupaciones peligrosas o perjudiciales: El estado y las leyes laborales federales protegen a los trabajadores menores de edad haciendo ilegal para los patronos que los contraten para desem- peñar trabajos peligrosos. Por ejemplo, los trabajadores no agríco\ - las menores de 18 años de edad no podrán operar un montacargas; operar varios tipos de equipo motorizado tales como máquinas de cortar carne, sierras circulares, sierras de banda, maquinaria de panadería o máquinas de carpintería; trabajo de electricista o como ayudante de electricista; o trabajo a cualquier altura por encima de 10 pies, incluyendo el uso de escaleras y andamios. Para una lista completa de trabajos prohibidos, por favor visite nuestro sitio web en www.nclabor.com. Reglas adicionales para jóvenes de 16 y 17 años: No deben tra- bajar entre las 11:00 p.m. y las 5:00 a.m. cuando tienen escuela al día siguiente. Excepción: cuando el empleador tiene permiso por escrito de los padres y del director de la escuela del menor. Reglas adicionales para jóvenes de 14 y 15 años: Donde pueden trabajar: Comercios de venta al por menor, establecimientos que sirven comida, estaciones de servicio y oficinas de otros negocios. No se permite el trabajo en fábricas, minería o lugares de construcción, o con maquinaria motoriza- da, o en los lugares de negocios que tengan una licencia de ABC para la venta o consumo de bebidas alcohólicas; con la excep- ción de que los jóvenes de por lo menos 14 años de edad pueden trabajar en el exterior del edificio con el consentimiento escrito del padre, la madre o guardián, provisto que el joven no esté involucrado en preparar, servir, proveer, o vender bebidas alco- hólicas. Horas máximas por día: tres en días escolares, ocho en días sin escuela. Horas máximas por semana: 18 durante el período escolar; 40 cuando las escuelas no están funcionando. Horas del día: Pueden trabajar solamente entre las 7:00 a.m. y las 7:00 p.m. (hasta las 9:00 p.m. desde el 1 de junio hasta el Día del Trabajo fuera de los días escolares). Descansos: Descansos de 30 minutos son requeridos al final de un período de cinco horas consecutivas de trabajo. Reglas adicionales para jóvenes de menos de 14 años de edad: En general, no se les permite trabajar, excepto cuando trabajan para sus padres, en reparto de periódicos a domicilio, o como modelos o actores en cine, televisión, radio o producciones teatrales. Estas reglas de empleo a menores no son válidas en trabajos de agricultura, domésticos o gubernamentales. Pago de SalariosLos salarios deben ser pagados en el día regular de pago. Si se solic\ ita, el cheque de pago final debe ser enviado por correo. Cuando la cantidad del salario está en disputa, el pago por parte del empleador de la po\ rción no disputada no debe interferir con el derecho del empleado a continuar su reclamo por el resto del salario.Los empleados deben ser notificados de los días de pago, la canti- dad del pago, reglas sobre vacaciones y ausencias por enfermedad, y acerca de comisiones, bonos, y otros asuntos relacionados con el pago. Los empleadores deben notificar a los empleados por escrito o a través de un aviso colocado en un lugar accesible a los emplea- dos, sobre cualquier reducción en la cantidad prometida de los salarios por lo menos 24 horas antes de tal cambio.Las deducciones en los salarios están limitadas a aquellas requeridas\ por la ley y a aquellas acordadas por escrito en el día de pago o ant\ e- riormente. Si la autorización que el empleado firma no especifica el monto a ser deducido, el empleado deberá recibir antes del día de pago (1) notificación por escrito de la cantidad que va a ser deduc\ ida, (2) notificación por escrito de su derecho a retirar la autorizació\ n, y (3) tener una oportunidad razonable de cancelar su autorización. La\ autorización por escrito o la notificación por escrito puede estar\ dada en forma electrónica mientras se cumplan los requerimientos del Acta de Uniformidad en las Transacciones Electrónicas (Capítulo 66, Artículo 40 de los Estatutos Generales de Carolina del Norte).La retención o desvío de salarios debidos al empleado para su beneficio no pueden hacerse si resultan en la reducción del salario por debajo del salario mínimo. Ninguna reducción puede ser hecha a salarios debidos por tiempo extra. Deducciones por falta de dinero o bajo inventario de mercadería, o por daño a la propiedad del empleador, no pueden hacerse a menos que el empleado sea notificado con siete días anticipación. Esta regla de siete días no es aplicable a deducciones hechas por terminación del empleo. Un empleador no puede recurrir a fraude o presión para requerir a los emplea dos el pago de cantidades que están protegidas. Si el empleador ofrece un plan de vacaciones a sus empleados, el empleador debe dar tiempo sin trabajar o pago en lugar del tiempo de vacaciones, de acuerdo a las reglas y prácticas de la compañía.\ Los empleados deberán ser notificados por escrito o por medio de un aviso público, sobre cualquier regla o práctica de la compañí\ a que resulte en la pérdida o reducción del tiempo o pago de vacaciones.\ Los empleados que no han sido notificados no están sujetos a esa pé\ r- dida o reducción de vacaciones.Las estipulaciones sobre el pago de salarios son aplicables a todos los empleadores del sector privado con actividad en Carolina del Norte. Las estipulaciones sobre el pago de salarios no son aplicables a ninguna agencia o instrumento de gobierno federal, estatal, o local.QuejasLa Oficina de Salarios y Horas (Wage and Hour Bureau) del Departamento de Trabajo de Carolina del Norte investiga quejas y cobra salarios atrasados más los intereses que se le deban al empleado. El Estado de Carolina del Norte puede iniciar una acción civil o criminal contra un empleador por violaciones de la ley. El empleado también puede iniciar una acción legal para recu- perar salarios atrasados. La corte le puede otorgar los costos de abogados, gastos de la corte, pagos por daños, e intereses. Cualquier persona que tenga una pregunta en relación al Acta de Salarios y Horas, puede escribir o llamar a: N.C. Department of Labor Wage and Hour Bureau 1101 Mail Service Center Raleigh, NC 27699 - 1101 Teléfono: 1 -800 -625 -2267 ó 919 -807 -2796 Fax: 888 - 733 - 9389 www.nclabor.com La Contratación a Voluntad—Leyes de Derecho al TrabajoCarolina del Norte es un estado con contratación a voluntad. El término “contratación a voluntad” simplemente significa que \ a menos que haya una ley específica para proteger a los empleados o que haya un contrato de empleo que provea lo contrario, entonces el patrono puede tratar a sus empleados como considere apropiado y el patrono puede despedir a un empleado a su volun- tad por cualquier razón o sin ninguna razón en absoluto. Carolina del Norte es un estado con “derecho al trabajo”, lo que s\ ig- nifica que el derecho de una persona a trabajar no puede ser negado o impedido porque esa persona pertenece o no pertenece a un gremio. Además, un empleador no puede requerir a una persona que pague a un gremio cuotas, aranceles, u otros cargos como condición de empleo o de conti nuación de empleo. Además, un empleador no puede establecer un acuerdo con un gremio por el cual (1) a per- sonas no afiliadas les es negado el derecho a trabajar para ese empleador, (2) la afiliación al gremio es una condición para empleo o conti nuación de empleo, o (3) el gremio adquiere monopolio sobre el empleo en una empresa. Además, en CWA v. Beck , 487 U.S. 735 (1988), la Corte Suprema de los E.E.U.U. indicó que si un acuerdo de negociación colectiva ent\ re un patrón y un sindicato requiere que los empleados paguen cuotas periódicas uniformes y cuotas de membresía, los empleados que no son sindicalistas pueden oponerse al uso de sus pagos para ciertos propósitos y pueden ser obligados a pagar únicamente la parte de cuotas del sindicato referentes la negociación colectiva, la adminis-\ tración de contrato y el ajuste del agravio. Así que, si usted cree que le han obligado a pagar deudas u honorarios usados para pagar actividades no directamente relacionadas con los deberes de nego- ciación colectiva, usted puede tener derecho a un reembolso o a una reducción apropiada en pagos futuros. El Departamento de Trabajo de Carolina del Norte no tiene autori- dad para aplicar estas leyes, pero si usted tiene preguntas puede contactar a “Regional Office of the National Labor Relations Board” (NLRB) en la siguiente dirección y teléfono: NLRB—Region 11 Office Republic Square 4035 University Parkway, Suite 200 Winston-Salem, NC 27106 - 3325 336 - 631 - 5201 Discriminación en el EmpleoLa Oficina de Discriminación en el Empleo (Employment Discrimination Bureau, EDB) del Departamento de Trabajo de Carolina del Norte aplica el Acta de Discriminación por Represalia en el Empleo (Retaliatory Employment Discrimination Act, REDA). Los empleados involucrados en las siguientes actividades están protegidos contra represalias o discriminación por parte de sus empleadores:• Reclamos de compensación al trabajador (workers’ compensation claims) • Quejas relacionadas con salarios y horas • Quejas relacionadas con seguridad y salud ocupacional • Quejas relacionadas con seguridad y salud en minas • Exámenes genéticos • Anemia drepanocítica o falciforme (sickle cell anemia) • Servicio de la Guardia Nacional de Carolina del Norte • Sistema de justicia juvenil • Víctimas de violencia doméstica • Quejas con respecto a la regulación de pesticidas Los empleadores que tengan preguntas relacionadas con la apli- cación del Acta de Discriminación por Represalia en el Empleo, o los empleados que sientan que han sido discriminados o han recibido represalias, pueden contactar a un representante de la Oficina de Discriminación: N.C. Department of Labor Employment Discrimination Bureau 1101 Mail Service Center Raleigh, NC 27699 - 1101 Teléfono: 1 - 800 - 625 - 2267 ó 919 - 807 - 2831 Fax: 919 - 807 - 2824 www.nclabor.com Todas las quejas deben ser hechas dentro de los 180 días de la fecha de la represalia. \b \f \ To find out more information about this poster and to download all of the\ required state and federal posters, please visit our Web site at: www.nclabor.com/posters/posters.htm Departamento de Trabajo de Carolina del Norte Pagos y Horarios: Noticia a los Empleados Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA)Responsabilidades del Departamento de Trabajo de Carolina del Norte (NCDOL)El Estado de Carolina del Norte tiene un programa aprobado por las autoridades federales para administrar el Acta de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA) en el estado. Este programa está administrado po\ r la División de Seguridad y Salud Ocupacional (OSH) del Departamento\ de Trabajo de Carolina del Norte. Como administrador de OSHA en el estado, la división tiene los sigui - entes poderes y responsabilidades:•Inspecciones—La división realiza inspecciones en los lugares de trabajopor varias razones. Las inspecciones pueden iniciarse por quejas, acci- dentes o porque el lugar de trabajo fue seleccionado al azar para recibi\ r una inspección de sorpresa. Las quejas en relación a una condició\ n inse- gura o accidente deben ser completadas sin demora. Las inspecciones son hechas por oficiales calificados y entrenados en seguridad ocupacional y/o por higienistas industriales. Representantes autorizados del empleador y un representante autorizado por los traba- jadores del lugar pueden acompañar al inspector con el propósito d\ e ayu- dar en la inspección. El inspector hablará en forma privada con un\ número razonable de trabajadores durante la inspección.•Citaciones—A la conclusión de una inspección, el empleador puedeser citado por una o más violaciones de las normas de OSHA. Una citación de OSHA puede incluir una multa. La citación siempre le dará al empleador un plazo determinado para corregir las violaciones a fin de evitar sanciones adicionales.•Multas y Sanciones—Un empleador puede recibir una multa de hasta$7,000 por cada violación “grave”. Violaciones graves que involucran lesiones a una persona menor de 18 años de edad podrían resultar e\ n mul- tas de hasta $14,000 por violación. También se puede aplicar una multa por una violación “leve”. Se puede aplicar una multa adicional \ máxima de $7,000 por día por cada día que un empleador demore en corregir la\ s vio- laciones después que pasó el plazo acordado. Cuando se determina que un empleador ha violado una norma de OSHA “intencionalmente”, éste puede recibir una multa de hasta $70,000 por cada violación “intencional”. Este nivel de multas \ tam- bién puede ser aplicado contra un empleador que ha sido encontrado con “violaciones repetidas” en un lugar de trabajo. Cargos criminales pueden ser aplicados a empleadores culpables de violar intencionalmente cualquier norma, reglamento u ordenanza que haya resultado en la muerte de un trabajador. Si se lo prueba culpable de tal violación, el empleador deberá pagar una multa de $10,000 o\ servir seis meses de prisión, o ambas sanciones. Con la repetición\ de un cargo de este tipo, se duplican las sanciones. •Normas de OSHA—La división adopta todos los mandatos federales de OSHA, llamados normas. La división puede adoptar esas normas tal como\ están escritas por el gobierno federal, o las puede editar, siempre que la nueva versión estatal sea tan estricta o más estricta que la versi\ ón federal. El público puede obtener una copia gratis de cualquier norma especí\ fi- ca adoptada por la división, o puede comprar a un costo nominal una colección de normas tales como “Normas de la Industria General”\ (“General Industry”), o “Normas de la Industria de la Constru\ cción” (“Construction Industry”). Diríjase por escrito a la divisió\ n, o llame al 1 - 800 - 625 - 2267 ó919 - 807 - 2875 para mayor información.Derechos y Responsabilidades del EmpleadorLos empleadores tienen la “obligación general” de proveer a sus\ traba- jadores lugares de trabajo libres de peligros reconocidos que puedan cau\ sar lesiones o muerte. Todo empleador debe cumplir con las normas de seguri- dad y salud de OSHA adoptadas por el Departamento de Trabajo de Carolina del Norte.•Inspecciones—Cuando un inspector se presenta a un lugar de trabajo para hacer una inspección, el empleador tiene derecho a ver sus crede\ n- ciales. El empleador puede llamar a NCDOL para verificar la identidad del inspector. Un empleador tiene el derecho legal de negar la entrada de un inspector al lugar de trabajo y requerir que éste presente una \ orden judicial de inspección. Si esto ocurre, el inspector obtendrá esa \ orden judicial para conducir la inspección.•Discriminación—Es ilegal represalias de cualquier forma contra un empleado por presentar un problema de salud o la seguridad, la pre- sentación de una queja, reportar una lesión o enfermedad relaciona\ da con el trabajo, o asistiendo a un inspector. El departamento va a investigar y puede procesar a los empleadores que puede tomar tal acción.•Citaciones—Si una inspección de la división resulta en una o más cita-ciones, el empleador deberá exhibir esa citación inmediatamente y \ en forma visible en el lugar, o en la cercanía del lugar donde ocurrió la violación. Debe permanecer exhibida durante tres días hábiles o hasta que la \ violación haya sido co rregida, por el período más largo de los dos. Vea la sección “Responsabilidades del Departamento de Trabajo de Carolina del Norte” para más detalles en relación a inspecciones/citaciones.•Cuestionamiento de Citaciones—Una vez que el empleador ha sidocitado, él (o ella) puede pedir una “conferencia informal” co\ n represen- tantes de la división para discutir el importe de la multa, correccio\ nes, u otros asuntos relacionados con la citación. Esta petición debe ser\ hecha dentro de los 15 días hábiles (lunes a viernes exceptuando día\ s festivos estatales) desde la fecha en que se recibió la citación.El empleador puede decidir hacer una protesta formal (presentando una “Notificación de Protesta”) a la citación o citaciones, en \ cuyo caso el asun- to será referido a la Comisión de Revisión de Seguridad y Salud\ de Carolina del Norte (N.C. Occupational Safety and Health Review Commission). Este es un organismo independiente que revisa y toma deci- siones sobre protestas formales presentadas por empleadores y empleados en relación a citaciones, períodos para efectuar correc ciones, y multas. Los empleadores que deseen más información sobre los procedimiento\ s para presentar una “Notificación de Protesta”, deben contactar \ a la Comisión de Revisión de Seguridad y Salud de Carolina del Norte (\ N.C. Occupational Safety and Health Review Commission). Teléfono 919- 733 - 3589. Sitio de Internet: www.oshrb.state.nc.us .•Registros de Lesiones y Enfermedades—Los empleadores con 11 empleados o más, a menos que hayan sido exentos específicamente, deben mantener registros actualizados de lesiones y enfermedades ocu- pacionales de sus empleados. Formularios para el registro de datos e información acerca de estos requeri mientos pueden ser obtenidos en la Oficina de Educación, Entrenamiento y Ayuda Técnica (Education, Training and Technical Assistance Bureau) del Departamento de Trabajo de Carolina del Norte. Teléfono 1 -800 -625 -2267 ó919 -807 -2875. •Comunicación de Accidentes y Fatalidades —Un empleador deberá reportar lo siguiente: Dentro de las ocho horas: Cualquier fatalidad en el lugar de trabajo. Dentro de las 24 horas: •Cualquier accidente o enfermedad en el lugar de trabajo que requiera la hospitalización de un empleado o más empleados. •Cualquier amputación en el lugar de trabajo.•Cualquier pérdida de un ojo en el lugar de trabajo. Para comunicar un accidente, llame a la división al 1- 800 - 625 - 2267 ó 919 - 779 - 8560. Derechos y Responsabilidades del EmpleadoLos empleados públicos y del sector privado deben cumplir con las nor\ mas de seguridad y salud ocupacional, reglas, reglamentos y con aquellas órdenes emitidas bajo OSHA que sean aplicables a sus acciones y conducta.•Quejas—Un empleado tiene el derecho de presentar una queja sobre las condiciones del lugar de trabajo que él o ella considere peligrosas, insalubres, o en violación de las normas de OSHA. Cuando un inspector\ está en el lugar de trabajo de un empleado, ese empleado tiene el der\ e- cho de indicar condiciones peligrosas o insalubres, y de contestar libre\ - mente cualquier pregunta que el inspector le haga. Al presentar una queja, el empleado puede solicitar que su nombre sea mantenido en forma confidencial.Para presentar una queja llame al 1 - 800 - 625 - 2267 ó919 - 779 - 8560. También, se puede usar el sitio de Internet: www.nclabor.com. •Procedimientos de Cuestionamiento—Los empleados pueden cues- tionar cualquier período de tiempo otorgado para corregir una violación que se ha establecido como resultado de una inspección realizada por la división en el lugar de trabajo. Un empleado tiene el derecho de comparecer ante la Comisión de Revisión de Seguridad y Salud de Carolina del Norte para cuestionar el período de corrección otorgado. Los empleados pueden apelar a la Corte Superior de Carolina del Norte (N.C. Superior Court). Información Adicional Sobre OSHA •Supervisión Federal—La división está supervisada por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (U.S. Department of Labor). Las autori- dades federales verifican que la agencia estatal administra adecuadament\ e la Ley de Seguridad y Salud Ocupacional en el estado de Carolina del Norte. Cualquier persona que tenga una queja sobre la administración \ de OSHA por parte del estado puede po nerse en contacto con la Oficina Regional del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (Regional Office of the U.S. Department of Labor), 61 Forsyth St. S.W., Suite 6T50, Atlanta, GA 30303.•Información o Preguntas Adicionales—Para cualquier pregunta rela-cionada con la información presentada en este documento, puede escribir o llamar a: N.C. Department of Labor Occupational Safety and Health Division 1101 Mail Service Center Raleigh, NC 27699 - 110 1 Teléfono: 1 - 800 - 625 - 2267 ó 919 - 807 - 2796 Fax: 919 - 807 - 2856 Correo Electrónico: [email protected] www.nclabor.com Coloca La Noticia de OSH para los Empleado s junto a Pagos y Horarios: Noticia a los Empleados. Noticia de OSH para los Empleados Este aviso debe ser exhibido en un lugar visible. Este cartel está disponible gratis para todos los lugares de trabajo de carolina del norte. Llame 1 - 800 - 625 - 2267 ó 919 - 807 - 2875 o haga su pedido en el sitio web. 1 - 800 - NC - LABOR ( 1 - 800 - 625 - 2267 )Dirección de Internet del Departamento de Trabajo: www.nclabor.com Seguro de DesempleoEl Departamento de Trabajo de Carolina del Norte (NCDOL) no maneja cuestiones relacionadas con el seguro de desempleo. Si usted desea información sobre normas o procedimientos relaciona- dos con el seguro de desempleo, por favor contacte la División de Seguridad en el Empleo (Division of Employment Security) a Department of Commerce, Division of Employment Security, P.O. Box 25903, Raleigh, NC 27611-5903, 1 - 888 - 737 - 0259; www.ncesc.com. Aviso de la Compensación de Trabajadores y Empleadores Lesionados de N.C. (formulario 17)NCDOL no trata asuntos referentes a la compensación de los trabajadores. S\ i usted desea obtener información sobre las políticas o los procedimien- tos de la compensación de los trabajadores, por favor contacte a la C\ omisión Industrial de N.C. en 4340 Mail Service Center, Raleigh, NC 27699 - 4340; 919 - 807 - 2500; www.ic.nc.gov. Formulario 17 debe ser publicada y debe ser impresa en los mismos colo\ res y formato que aparecen en el sit io Web de la Comisión Industrial. Para obtener e imprimir la versión a\ ctual del formulario 17, visite www.ic.nc.gov. To find out more information about this poster and to download all of the required state and federal posters, please visit our website at: www.nclabor.com/posters/posters.htm Cherie Berry Commissioner of Labor
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As of April 1 2020, all employers in the United States with less than 500 employees MUST display or digitally distribute a Families First Coronavirus Response Act paid leave poster.
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- Original poster PDF https://files.nc.gov/ncdol/documents/files/labor-law-poster-spanish.pdf
, updated December 2018
- North Carolina Labor Law Posters at http://www.nclabor.com/posters/posters.htm
- North Carolina Department Of Labor
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